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Derecho penal del enemigo ¿Postulado inconstitucional o garante de los derechos humanos?

Autor : Juan Carlos Portugal Sánchez
Universidad : San Martín de Porres
Ciclo : Décimo ciclo de estudios
Ciudad : Lima
País : Perú

Sumario: 1- Introducción 2.-Antecedentes, formulación y alcance del Derecho penal del enemigo 3.- Relajamiento de garantías probatorias y procesales 4.- La vinculancia entre el Derecho penal del enemigo y el Estado Constitucional de Derecho, a propósito de la reincidencia y la habitualidad
5.- Conclusiones del autor.

1.- Introducción.

De un tiempo a hoy resulta ciertamente inverosímil que frente a un Estado Constitucional y Democrático de Derecho, como lo es el nuestro en tanto depositario de garantías y libertades atribuibles a todo ciudadano, aún persistan de manera diaria, enfrentamientos y desviaciones conductuales frente a la vigencia de la norma. Vemos por ejemplo que algunas personas, mayormente de cierto poder económico y con capacidad de decisión política o social, no acostumbran salir solas –entiéndase, sin resguardo personal- a realizar sus innumeras actividades, ante lo cual, cabría preguntarnos: ¿Por qué tiene que aportar el ciudadano sus propios mecanismos de protección normativa? ¿Acaso la norma “no matar”, no “secuestrar”, no brindan la seguridad completa? Indudablemente, esta interrogante dilucidaría múltiples respuestas, no obstante, me animo a evidenciar una, cuál es, el déficit de protección normativa, respuesta que el profesor Gunter Jakobs instituyó allá por el año 1985 donde entonces, aún utilizaba el concepto de Derecho penal del Enemigo como un topos para el análisis crítico-descriptivo del Derecho penal alemán (leer mas)

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Una Respuesta a “Derecho penal del enemigo ¿Postulado inconstitucional o garante de los derechos humanos?”

  1. Vania Dongo dice:

    Bien Juan Carlos cada vez demuestras mejor calidad en lo que haces, llevas un ritmo que te permite crecer a pasos de gigante!!!

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